Su certificación en tiempo record…

El Real Decreto 235/2013 del 5 de abril aprueba el procedimiento básico para el certificado de la eficiencia energética de los edificios y viviendas que, desde el pasado 1 de junio, está obligado a realizarse para la venta o alquiler de cualquier inmueble.

Dicho certificado, tendrá una validez de 10 años, siendo el propietario del inmueble el encargado de solicitarlo, abonarlo y registrarlo en un órgano competente de nivel autonómico.

El objeto de este Certificado Energético es valorar el grado en el que el inmueble a vender o alquilar optimiza el consumo de energía.

Esta valoración se lleva a cabo mediante la evaluación del rendimiento de los sistemas de calefacción instalados, así como el tipo de ventanas de que dispone la vivienda, teniendo en cuenta tanto su aislamiento y los cerramientos utilizados. A su vez, también son examinados todos aquellos factores necesarios para cumplir las condiciones de confort térmico, luminoso y de calidad ambiental.

De esta forma y en base a lo anteriormente señalado, los inmuebles serán catalogados en siete niveles, siendo A la más favorable y G la más desfavorable.

La misión del Certificado Energético es la reducción de las emisiones de CO2, basándose en un documento objetivo y con todas las garantías.

La certificación energética no exige ningún mínimo establecido, pero en caso de la obtención de un resultado no deseado, el certificador podría sugerir al propietario diversas alternativas para aumentar el grado de eficiencia energética de su inmueble.

Nuestro servicio incluye desde la visita a la vivienda, local o edificio, la toma de datos individuales y colectivos, su evaluación, así como el Certificado Energético oficial y homologado.

En cuanto al plazo de entrega, nuestra eficacia y velocidad está fuera de toda duda: 2 días desde el día de la visita al inmueble, llegándose a acortar plazos si fuera necesario.

Somos expertos en el sector y por supuesto, sólo le pedimos que deposite su confianza en nosotros…